La Secretaria General de Desarrollo Educativo y Formación Profesional ha publicado circular del 25 de julio (en este enlace se puede consultar completa) sobre determinados aspectos para la organización en los centros del área y materia de Religión y atención educativa para el alumnado que no la curse, así como criterios homologados de actuación para los centros docentes en relación al horario, funciones y tareas del profesorado que imparte religión
En esta circular queda de manifiesto que siguen vigentes las Instrucciones del 2 de septiembre de 2021 de la Viceconsejería, con respecto al horario funciones y tareas del profesorado de Religión. Con respecto a la Atención Educativa queda recogido todo lo referido a su planificación, programación y evaluación.
Pero nuestra crítica a lo referido a la carga horaria del área de Religión en la segunda etapa de Educación Infantil, pues deja al Claustro del Centro la valoración de la misma.
Con respecto a este último punto, USO registró un documento dirigido al Secretario General de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el cual se exponía la necesidad de que en esta circular se orientara sobre la carga horaria de la materia de Religión en Infantil, con una dotación horaria concreta a través de la cual se pudiera desarrollar el currículo destinado al área de Religión.
En este este escrito, desde USO exponemos una serie de puntos a través de los cuales se hace evidente dicha necesidad.