La Inspección General ha comunicado a los distintos Servicios de Inspección de las ocho Delegaciones Territoriales , los nuevos criterios que facilitarán la obtención de atribución docente al profesorado.

Como recordaréis, en la Mesa Técnica celebrada el pasado 30 de noviembre sobre atribuciones docentes, el  Secretario General -Javier Fernández- nos trasladó una propuesta sobre atribuciones docentes, en aras de dar solución definitiva a los problemas del inicio del presente curso 23/24, con respecto a este asunto.

Según nos informan desde Consejería, posteriormente hubo reuniones internas y acordaron la siguiente flexibilización de los criterios hasta ahora seguidos. Así:

1.- Respecto a la experiencia docente para acreditar la cualificación específica, los requisitos seguirán siendo los exigidos en el artículo 3 del Real Decreto 860/2010 pero sin que se establezca un límite temporal, es decir, «se acreditará la materia cuando se haya impartido durante, al menos, dos cursos completos o, en su defecto, 12 meses en periodos continuos o discontinuos»,  pero sin tener en cuenta el momento o fecha en la que se impartió. (Hasta ahora era necesario haber impartido la materia con anterioridad a 2010)

2.- Respecto a los 24 créditos para acreditar la cualificación específica, se tendrán en cuenta los créditos de materias afines, en sentido amplio, a la materia para la que la/el docente solicita la atribución. Por otra parte, se aclara que en las materias con nombre compuesto será suficiente con tener créditos de cualquiera de las materias o asignaturas que las componen o afines.

 

Desde USO, hacemos una valoración positiva de estas nuevas instrucciones porque aportan la necesaria estabilidad que llevamos tantas reuniones pidiendo.