euros2.jpgEl Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, nº 24, del día 5 de febrero de 2010, ha publicado la Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, que establece el Abono de la Paga Extraordinaria por Antigüedad en la Empresa del profesorado de los centros concertados, en pago delegado, afectados por el V Convenio Colectivo de la Enseñanza Concertada y por los convenios XI y XII de Centros de Educación Especial. (Ver PDF, 175 KB).

Esta fecha de publicación en el B.O.J.A. es determinante para que el profesorado beneficiario de la mencionada paga extraordinaria conozca con rigor los plazos de presentación de las solicitudes, así como las fechas en las que la Consejería procederá a los correspondientes abonos. Con el propósito de facilitar el procedimiento, recordamos lo siguiente:

  • Aquellos beneficiarios que han cumplido los 25 años de antigüedad antes del día 5 de febrero de 2010, disponen de un plazo de 2 meses, a partir de esta fecha, para presentar en el Registro su solicitud a la Consejería de Educación. Este grupo cobrará la mencionada paga durante los años 2010 y 2011.
  • Aquellos beneficiarios que cumplan los 25 años de antigüedad a partir del día 5 de febrero de 2010, disponen de un plazo de 2 meses, a partir de la fecha en la que cumplan los 25 años de antigüedad, para presentar en el Registro su solicitud a la Consejería de Educación. Este grupo cobrará la mencionada paga durante el año siguiente a su fecha de devengo.

Volvemos a animar a todos aquellos profesores beneficiarios de la mencionada Paga Extra, que tengan alguna duda o consulta, a que se dirijan a cualquiera de nuestras sedes, en las que les atenderemos eficientemente.