Desde el 13 de marzo de 2023, las empresas y Administraciones Públicas están obligadas a poner en marcha un canal de denuncias, como explica la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Esta ley, que llega con más de un año de retraso, incorpora la Directiva 2019/1937 de la UE al derecho español. Su objetivo es proteger a las personas informantes y establecer las normas mínimas para los canales de información, con el fin de asegurar la privacidad de la denuncia y protección de la persona denunciante a través de éstos.

Esta ley establece que las empresas de más de 50 personas trabajadoras en plantilla están obligadas a implantar un canal o buzón de denuncias anónimo. La ley también obliga, con independencia del número de empleados, a contar con un sistema interno de información a todos los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, así como a sus fundaciones, siempre que reciban o gestionen fondos públicos.

Más información:

FEUSO LABORAL nº 995 – Por Ley, las empresas están obligadas a crear un Canal de Denuncias