unnamed1.jpgEste nuevo complemento por maternidad en las pensiones contributivas de la Seguridad Social tiene como objetivo «reconocer, mediante una prestación social pública, la contribución demográfica al sistema de Seguridad Social de las mujeres trabajadoras que han compatibilizado su carrera laboral con la maternidad». Para ello, se ha modificado la Ley General de la Seguridad Social de modo que «con efectos de 1 de enero de 2016 y vigencia indefinida» se reconozca «un complemento de pensión, por su aportación demográfica a la Seguridad Social, a las mujeres que hayan tenido hijos naturales o adoptados y sean beneficiarias en cualquier régimen de Seguridad Social de pensiones contributivas de jubilación, viudedad e incapacidad permanente».

Dicho complemento, que tiene a todos los efectos naturaleza jurídica de pensión pública contributiva, consiste en un importe equivalente al resultado de aplicar a la cuantía inicial de las referidas pensiones un porcentaje determinado, que estará en función del número de hijos:

En concreto, el aumento de la pensión será:

1. Dos hijos: 5%.
2. Tres hijos: 10%.
3. Cuatro o más hijos: 15%.

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