Las gafas de sol no suponen únicamente un complemento estético, sino que, en el trabajo, pueden ser imprescindible para desarrollar ciertas tareas. La radiación solar y, en particular, la radiación ultravioleta (UV) procedente del sol constituyen un factor de riesgo asociado, principalmente, a los trabajos en exterior.
La exposición prolongada del ojo humano a la radiación solar puede causar diferentes patologías, como fotoqueratitis, fotoconjuntivitis, cataratas o fotorretinitis, además de disminuir la comodidad y percepción visual.
Si los riesgos laborales derivados de la exposición a la radiación solar no pueden evitarse por otros medios (medidas técnicas u organizativas), los trabajadores deben utilizar gafas de protección frente a la radiación solar.
Gafas de sol en el trabajo: un EPI más
Las gafas de sol, utilizadas para la protección frente a la radiación solar, tienen la consideración de EPI. Se distinguen dos tipos:
- Gafas de sol de uso general. Es decir, solo protegen frente a la radiación solar, no protegen frente a ningún otro riesgo. Deben ir certificadas por la norma UNE-EN ISO 12312-1 y se considera EPI de Categoría I. Con base en su nivel de protección, la norma UNE establece 5 niveles:
- 0: reducción muy limitada de la radiación solar.
- 1: reducción limitada de la radiación solar.
- 2: buena protección frente a la radiación solar.
- 3: alta protección frente a la radiación solar.
- 4: protección muy alta frente a la radiación solar extrema, en el mar, la nieve, la alta montaña o en el desierto.
- Gafas de sol de uso laboral. En este caso, estamos ante un EPI de Categoría II. Además de proteger frente a la radiación solar, están destinadas a la protección frente a otros riesgos, como pueden ser salpicaduras, impactos, proyecciones… Deben ir certificadas por las normas UNE-EN 166 y UNE-EN 172 (que nos indica los riesgos específicos) y la norma UNE-EN ISO 12312-1, que indicará el nivel de protección frente a la radiación solar.
Información técnica de las gafas
Como cualquier EPI, las gafas de sol deben venir acompañadas de la siguiente información:
- Marcado CE visible, legible e indeleble.
- Identificación del modelo.
- Identificación del fabricante.
- Referencia a la norma respecto a la que se haya certificado el equipo.
- Clase de protección del ocular o, en su caso, categoría del mismo.
- Restricciones de uso.
- Instrucciones de uso, mantenimiento y revisión periódica.
Esta información debe venir redactada en la lengua oficial del país donde se vaya a comercializar y utilizar.
Desde USO, recordamos que la empresa debe cumplir con el principio de proporcionar una protección eficaz a los trabajadores. Exige los medios adecuados y necesarios para desarrollar el trabajo con seguridad y comprueba que los EPI cumplen con los requisitos mínimos de protección adecuados al riesgo del que protegen.