Conforme a lo previsto en la reunión anterior, las organizaciones patronales presentaron a los sindicatos un borrador de acuerdo, referido a la reducción de la carga lectiva del profesorado de Enseñanza Secundaria Postobligatoria (Bachillerato y Ciclos Formativos) de los centros concertados, en pago delegado. A continuación, en un receso, las organizaciones sindicales examinamos el borrador entregado, y coincidimos en el análisis y en la valoración general del mismo. La USO manifestó su posición en los siguientes términos:

  • Aunque el presente documento se refiere exclusivamente al profesorado de Bachillerato y Ciclos Formativos, pretendemos incorporar en el acuerdo final al profesorado de Educación Infantil, Programas de Cualificación Profesional Inicial, Programas de Garantía Social y Educación Especial. Defendemos un Acuerdo Global de reducción generalizada de 2 horas lectivas semanales para todo el profesorado de los centros concertados.
  • Constatamos que el documento recoge el objetivo de reducir de 2 horas semanales la carga lectiva del profesorado de la Secundaria Postobligatoria, pero consideramos que se plantean demasiadas causas como excepciones para justificar que algunos centros no puedan aplicar dicha reducción.
  • La Consejería de Educación, en una situación crítica como la que vivimos, puede estar pretendiendo que determinados acciones educativas en los centros concertados (diversificación curricular, atención a la diversidad, apoyo educativo, etc.) se lleven a cabo sin el aporte de los recursos humanos necesarios. Pero no vamos a aceptar que dichas acciones las realice el profesorado empleando sus horas de reducción de carga lectiva, como puede deducirse del documento patronal. Es elemental, pero: ¡LAS HORAS DE REDUCCIÓN DE CARGA LECTIVA NO PUEDEN EMPLEARSE EN OTRAS ACTIVIDADES LECTIVAS!
  • No obstante, como comprendemos la situación y estamos empeñados en asegurar la calidad en la educación que se imparte en los centros concertados, los sindicatos estamos decididos a trasladar, conjuntamente con las patronales, esta urgente necesidad a la Consejería y defenderla en la próxima reunión de la Mesa de la Enseñanza Concertada. Pero, insistimos: las 2 horas de reducción de carga lectiva se utilizarán para cubrir determinas sustituciones o para realizar actividades complementarias definidas en el convenio colectivo, pero no se deben emplear en actividades lectivas de ningún tipo.
  • Defendemos que la reducción de carga lectiva debe iniciarse en los centros (si aún no se ha hecho) en el momento de la firma del acuerdo y no al inicio de curso 2009/2010, como propone la patronal en su documento.

El resto de organizaciones sindicales se manifestaron en términos similares a los de USO. Finalmente, y tras el consiguiente debate, las patronales aceptaron rehacer el documento inicial y presentarnos uno nuevo (antes del 13 de febrero) que debe recoger las modificaciones concretas que hemos argumentado. Además, acordamos elaborar un documento conjunto que dirigiremos a la Consejería de Educación, en el que exigiremos los medios humanos necesarios -similares a los de los centros públicos- para asegurar la calidad del servicio educativo que se presta en los centros concertados. La próxima reunión está prevista para el día 20 de febrero.