El Congreso de los Diputados convalidó el pasado 22 de enero el Real Decreto-Ley 11/2024, de 23 de diciembre, sobre el acceso a la jubilación junto a las modificaciones que se introducen en el acceso a la jubilación parcial.
Para FeUSO, el acceso a la jubilación parcial es un derecho que mejora las condiciones laborales de los trabajadores y supone un reconocimiento a la labor que han venido realizando durante toda su carrera profesional, además posibilita el acceso a la vida laboral de los jóvenes, lo que supone también un beneficio reconocido para los centros por el rejuvenecimiento que supone de las plantillas promoviendo con ello la calidad de la enseñanza en el sistema educativo.
Recientemente, el Consejo Escolar del Estado, en su “Informe 2024 sobre el Estado del Sistema Educativo” proponía, nuevamente, “Garantizar el mantenimiento de la jubilación anticipada del profesorado de la enseñanza pública y promover las medidas legislativas necesarias que posibiliten, en el ámbito de la educación y la atención a personas con discapacidad, la jubilación anticipada para el profesorado vinculado al régimen general de la Seguridad Social y la jubilación parcial para el personal del sector privado mediante el contrato de relevo en las mismas condiciones que venía realizándose antes de la entrada en vigor de la normativa vigente, equiparando los derechos de todo el profesorado”. (Propuesta de mejora 4.6).
En el mismo “Informe 2024” se reiteraba, además, la necesidad de “garantizar un gasto educativo del 5,5 % del PIB para 2025, excluyendo los fondos estructurales, y aumentar progresivamente esta inversión para alinearla con la media de los países de nuestro entorno”. (Propuesta de mejora 5.1).
FEUSO denuncia que, lamentablemente, no existen en la actualidad acuerdos de jubilación parcial en todas las Comunidades Autónomas para hacer extensible este derecho a todos los trabajadores que están en pago delegado y que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente, creando desigualdades injustas entre el colectivo docente del sector y que esta situación, además, constituye una discriminación con las actuales condiciones que disfrutan los compañeros de la enseñanza pública.
Para FeUSO es esencial avanzar con decisión en la homologación laboral del profesorado que presta servicio en la red de centros sostenidos con fondos públicos, facilitando por ejemplo la reducción significativa de la carga lectiva a partir de los 55 años. Dados los cambios que establece el RD 11/2024, desde FEUSO exigimos a las Administraciones el aumento de la inversión pública necesario en el sector de la Enseñanza Concertada para que se universalice este derecho en todo el Estado y permita también adaptar los acuerdos autonómicos a esos cambios que entrarán en vigor en abril de 2025 para hacer frente al coste que suponen las nuevas condiciones establecidas para la jubilación parcial.