El 11 de mayo, hemos mantenido la primera reunión de la Mesa de la Enseñanza Concertada en convocatoria Extraordinaria, por videoconferencia, por motivos de COVID-19.

El único punto del orden del día por el que se nos ha convocado ha sido la «Apertura de los centros docentes para tareas administrativas. Procedimiento de admisión para el curso 20/21». La Mesa ha estado presidida por el Director General de Planificación y Centros (en adelante DGPyC) -José Mª Ayerbe- y la Jefa de Servicios de Planificación y Centros -Mª Dolores Pérez-  y como siempre, la Secretaria de Actas, Macarena Jiménez (Jefa de la Sección del Servicio de E. Concertada).

El DGPyC comienza recordando que con la declaración del estado de alarma, en el Real Decreto 463/2020 del 14 de marzo se suspendieron todos los plazos administrativos. Con posterioridad, el 18 de marzo hubo posibilidad de levantar algunos plazos mediante el RDL 465/20, pero la Junta de Andalucía no lo estimó conveniente. El momento llega ahora, con la aprobación por el Consejo de Gobierno de un Decreto Ley (en adelante DL) que, una vez publicado en BOJA, levantará los plazos de escolarización y matriculación de los centros educativos. En el caso de las enseñanzas de 2º Ciclo de Infantil, Primaria, Secundaria y Bachillerato serán del 18 de mayo al 1 de junio.

Por otra parte, el mencionado DL también habilitará que el sorteo público sea este año, sin público presente y que las reuniones de las comisiones de escolarización sean preferentemente por videoconferencia. Y por último, el mismo será complementado con unas Instrucciones (cuyo borrador adjuntamos a continuación) y con una Orden posterior, que también se publicará en BOJA, que recogerá el calendario propuesto que, así mismo adjuntamos.

Según el DGPyC, el objetivo fundamental que persiguen desde la Consejería es que se desarrolle el procedimiento de escolarización lo mejor posible, pero garantizando las condiciones de salud tanto para los trabajadores como para la ciudadanía. Consideran necesario abrir los centros porque, aunque han hecho todos los esfuerzos para que se pueda hacer de forma telemática y se favorecerá esta modalidad, creen que aún toda la ciudadanía no tiene medios para usar el sistema telemático, de forma única con todas las garantías de éxito.

A continuación, detallamos todos los documentos que nos han facilitado y seguidamente, las aclaraciones sobre los mismos que nos trasladan por parte de la Consejería:

Borrador de Instrucciones de la Viceconsejería de Educación y Deporte, relativas a la apertura de los centros docentes para la realización de las funciones propias de los procedimientos de admisión del alumnado para el curso 2020/21 y otras tareas administrativas.

VER TEXTO COMPLETO (PDF).

Medidas de Prevención de Riesgos Laborales frente a la COVID-19 en el periodo de admisión y matriculación del alumnado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Andalucía.

VER TEXTO COMPLETO (PDF).

Recomendaciones generales de la Consejería de Salud y Familias para la apertura de centros educativos para tareas administrativas.

VER TEXTO COMPLETO (PDF).

Calendario de actuaciones del procedimiento de admisión del alumnado en los centros públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, para el curso 2020/2021.

VER TEXTO COMPLETO (PDF).

Respecto a las Instrucciones, cuando sean definitivas, van a ser de obligado cumplimiento para todos los centros ya que están sostenidas sobre la parte del articulado referido a centros educativos de la Orden SND 399/20 publicada en el BOE de 9 de mayo (Concretamente en los artículos 4,5,6,18 y 19). En cambio, tanto las «Recomendaciones generales de la Consejería de Salud para la apertura de los centros» como las «Medidas de Prevención de Riesgos laborales» serán para los centros concertados unas orientaciones y recomendaciones debido a que cada centro tiene su Servicio de Prevención (propio o contratado) y es el responsable de llevar a cabo la Prevención.

En cuanto al personal necesario para la apertura de los centros, en el caso de los centros concertados corresponde a la titularidad la decisión. Pero para ambas tipologías de centros, públicos y concertados, quedará recogido en las Instrucciones que el motivo para el cual se permite la apertura es la realización de tareas administrativas.

Desde USO, hemos pedido expresamente que, una vez que se levante el Estado de Alarma, la Consejería de Educación proceda a normativizar el anuncio hecho en sede parlamentaria, por el Consejero, de la no vuelta de los alumnos al aula lo que resta de curso 19/20. De lo contrario, podría haber confusión con las fases propuestas por el Gobierno central y con ello, alguna ambigüedad respecto a la modalidad de trabajo en la que deben continuar los docentes.

Por último, la mayoría de organizaciones hemos pedido que se nos avance la normativa curricular que regirá el curso próximo. Recordamos que la pandemia nos pilló en medio de unos borradores que pueden afectar a la dotación horaria.

Desde USO, ponemos a vuestra disposición nuestras aportaciones al «Borrador de Instrucciones» que ya han sido presentadas y, como siempre, os mantendremos puntualmente informados de todas las novedades.