La Ley de Presupuestos Generales, publicada el 4 de julio en el BOE, recoge los incrementos en los módulos de conciertos del 1,625% para 2018. Conviene advertir de entrada que este incremento no es gracias al II Acuerdo Gobierno-Sindicatos para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo, que se negoció y firmó en y para el ámbito de las Administraciones Públicas. De hecho, es fácil comprobar  que en ese Acuerdo no hay ninguna mención a los trabajadores de la concertada. Estamos ante una simple traslación de cantidades: tanto para unos, tanto para los otros, tal y como ha venido ocurriendo en la serie histórica del pago delegado. Los salarios para los empleados públicos, y después su traslado simple a los trabajadores de la concertada se ha llevado a cabo a veces por acuerdo, pero en otras muchas ocasiones por imposición del Gobierno de turno sin negociación y ninguneando a los sindicatos. Los años de hierro del 2010 al 2015 no están tan lejos.

El incremento salarial pactado muestra, además, una realidad que los firmantes de los acuerdos para los empleados públicos ocultan intencionadamente. Al parecer, los trabajadores de la concertada tenemos que estar agradecidos a los sindicatos de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas por recibir la misma subida que los empleados públicos, pero no olvidemos que gracias también a los mismos sindicatos no se permitirá que se presupueste para la concertada ni un céntimo más por encima de lo dispuesto para los compañeros de la pública. Estamos topados por arriba por imposición de estos generosos sindicatos. Si queremos avanzar en la homologación salarial prometida desde la LODE del 85, hacen falta partidas económicas muy superiores en los tres módulos de concierto; además, faltan por presupuestar también los sexenios o la financiación de ratios profesor/aula que permita reducir la carga lectiva del profesorado con carácter general. No olvidemos que los módulos de concierto no solo fijan salarios, también fijan las ratios que determinan la jornada docente, actualmente muy superior en la concertada.

Aunque algunos sindicatos presumen de su poder negociador con los empleados de los servicios públicos, y llegan a afirmar sin empacho que los trabajadores de la Enseñanza Concertada son también empleados de los servicios públicos, la realidad es que los centros concertados son centros privados a los que no se aplica el EBEP sino el Estatuto de los Trabajadores y el Convenio Colectivo de centros privados sostenidos total o parcialmente con fondos públicos. No olvidemos que en los colegios concertados hay muchos compañeros y compañeras que no están en pago delegado (Bachilleratos, Infantil y PAS), que esperan también una rápida y eficaz negociación de las Tablas Salariales del sector para el año 2018 que les traslade a su vez incrementos salariales equivalentes a los presupuestados en los módulos de concierto.

USO trabaja con el máximo interés y urgencia en la firma de las Tablas Salariales 2018 para el pago delegado y el pago directo. Esperamos un acuerdo satisfactorio y, además, defendemos que en la Mesa Sectorial de la Enseñanza Concertada del Ministerio de Educación se deben destopar  los actuales incrementos salariales de los Presupuestos Generales del Estado para conseguir una financiación propia para el sector, no subsidiaria de la de los empleados públicos, y que permita culminar la homologación salarial, también con los sexenios, y la reducción de la carga lectiva del profesorado al nivel de la de los compañeros de la escuela pública.

FEDERACIÓN DE ENSEÑANZA DE USO
Madrid, 6 de julio de 2018