Contra todo pronóstico y gran insatisfacción para nuestros intereses, hemos recibido hoy el fallo de la sentencia del Tribunal Supremo (en adelante TS) sobre la obligación de abonar la Paga Extra de Antigüedad en la Empresa (PEA), por parte de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía.
En una primera valoración, nuestra Asesoría Jurídica Regional de USO nos informa de que el TS ha revocado la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y desestima la demanda de Conflicto Colectivo interpuesta por FSIE; USO y UGT. Seguimos teniendo de positivo que el que reafirma el carácter salarial de la Paga Extra de Antigüedad en la Empresa. Pero, sin embargo da la razón a la Consejería de educación de la Junta de Andalucía en que no pueda abonarla por falta de presupuesto proveniente de los módulos de concierto de los PGE (Presupuestos Generales del Estado).
A la vista de lo acontecido, ahora toca, por un lado pedir reunión urgente con la Administración para conocer la postura oficial de la Consejería de Educación sobre el asunto; y por otro, estudiar sindicalmente las vías de actuación para asegurar, de momento, el derecho de todos los docentes en pago delegado a su percepción. Derecho tanto de los que vienen devengando el mismo desde 2013 (tengan iniciados procedimientos judiciales individuales o no) como de de los que lo vayan generando a partir de hoy, 30 de mayo de 2018.
En los próximos días, iremos despejando estas incógnitas y os informaremos puntualmente de todas las novedades y actuaciones a seguir.