La distribución irregular de la jornada se modificó con el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero (Reforma Laboral de 2012), y con la Ley 3/2012, de 6 de julio. Con estas modificaciones se pasó de un sistema totalmente paccionado a un sistema de mínimos en defecto de pacto.

En el siguiente número de FEUSO LABORAL se detalla más información de tu interés sobre este tema:

FEUSO LABORAL nº 1005 – ¿Qué hay que saber sobre la distribución irregular de la jornada laboral?