Hoy, 10 de noviembre, ha tenido lugar en la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional una nueva reunión de la Mesa Técnica de la Enseñanza Concertada con el objetivo de tratar los primeros temas técnicos, que afectan a pago delegado, concretados en la anterior mesa.
Por parte de la administración, ha presidido la reunión la Coordinadora de la Dirección General de Planificación (DGPCyEC) –M. Dolores Pérez Sigüenza– acompañada de su equipo técnico. Y de la otra parte, hemos asistido representantes de todas las organizaciones sindicales y patronales integrantes de la Mesa.
1. Presentación de Anexo I
La Coordinadora comienza explicando que el Anexo I es el documento que los centros tienen que presentar todos los años, al inicio de curso, con la relación de perceptores que van a formar parte de la plantilla con sus respectivos horarios. Continúa añadiendo que dicho proceso está suponiendo un verdadero «infierno» para la administración porque los centros presentan desistimientos cada vez que tienen algún cambio y vuelta a empezar…
Por ello, nos presentan, como novedad para el curso 23/24 y con objeto de solucionar el cierre del anexo I en un tiempo prudencial, que una vez se haya hecho grabación en PDF del anexo I y presentado a la Delegación Territorial, puede haber un rechazo y en ese caso, como siempre, hay que realizar de nuevo todo el procedimiento. Pero también puede haber una aceptación parcial del anexo I y entonces las incidencias que haya van a ser comunicadas -mediante Séneca con explicación del motivo y de la acción a realizar- abriéndose dos posibilidades:
a.- Subsanaciones de incidencias (con la correspondiente aportación de documentos)
b- Modificación del Anexo I.
Esta novedad ofrece la ventaja de que la mayoría de los perceptores en pago delegado serán aprobados y las subsanaciones se irán solucionando individualmente en procesos de documentación requerida y su aportación, teniendo un plazo de 10 días hábiles para subsanación y cierre de la incidencia. De no haber solucionado el centro la incidencia en el plazo previsto, ya solo se podrá utilizar la vía «b» de modificación de anexo I. Es importante conocer que la diferencia fundamental entre subsanar y modificación de anexo I es que el criterio que se emplea normalmente en la subsanación es el abono al perceptor con carácter retroactivo y en la modificación es el del abono a partir de la fecha de aprobación.
De todo este cambio de procedimiento, se informará al Centro por escrito a través de Séneca en la guía de inicio del curso 23/24. Desde la administración proponen esta modificación con el ánimo de que se mejorará y agilizará bastante el cierre del pago delegado.
Este curso 22/23 , en estos momentos, todavía existen unos 140 centros sin cerrar el anexo I, con unos 300 trabajadores/as afectados cobrando parcialmente o incluso sin cobrar nada en algunos casos. Para ellos, se pondrá ya la fecha límite estimatoria a 30 de noviembre de 2022 para cerrar el anexo I y a los perceptores que sigan sin subsanarse se les abrirá el mismo plazo arriba señalado (10 días hábiles).
Por parte de las patronales, se señala como motivo fundamental de todo este caos persistente que -en un altísimo porcentaje- se debe a la atribución docente y solicitan agilidad por parte de los Inspectores.
Por parte de la administración , se aconseja que se pida la atribución docente de la etapa entera (infantil, primaria, secundaria o bachillerato), no solo por los cursos que vayan a impartir en ese momento, con la excepción de la Inspección educativa solo estudiará atribuciones docentes de Ciclos Formativos si el profesor/a va a impartir materia en esta etapa. El motivo que aducen es que no pueden estudiar casos, que suelen ser de enorme complejidad por falta de tiempo, si no se le vincula a una asignatura a impartir.
2. Cambios horarios que afecten a las Bases de Cotización de trabajadores en IT
En este punto la administración es muy clara: Las bases de cotización deben permanecer inalterables mientras el perceptor/a está de IT (Incapacidad Temporal). Los únicos cambios de horario que pueden aceptar para un perceptor en situación de IT serán los que no conlleven modificación en la base de cotización, ya que recibirá la prestación según normativa de Seguridad Social y el complemento de IT según convenio.
Desde USO, hemos preguntado por los casos que están sucediendo en las jubilaciones parciales cuando se está de IT, con connotaciones parecidas, pero nos emplazan a tratarlo en la siguiente reunión.
3. Burocratización del sistema
3.1. Atribuciones docentes
La Inspección educativa está trabajando en realizar de oficio, para los perceptores vinculados ya en Séneca, la equivalencia entre asignaturas de la LOMLOE con la derogada LOMCE. Pero esto no podrá hacerse con los perceptores nuevos, ya que no están en el sistema.
Desde la administración, se aclara que existen dos tipos de atribución docente: la primera se hace por «curso y materia» para cualquier docente que imparta clases. Y otra, la segunda, que es la que se hace para «Otras actividades docentes» y se utiliza para 5 grupos concretos, Orientadores, PT, AL, E.E. y Bilingüe.
Otro recurso interesante que pueden utilizar los centros para agilizar la atribución docente es el siguiente: Una vez seleccionado un nuevo perceptor para el curso siguiente, durante junio/julio, los centros pueden utilizar la pestaña de Séneca «En procesos de selección» para el/la seleccionado/a e ir solicitando la atribución desde ahí.
Por otro lado, nos informan de que se está trabajando en la autorización del interesado para que el centro pueda solicitar que se verifique su titulación con el Sistema Nacional de Títulos.
También se nos informa de que Séneca dispone de un buscador sobre idoneidad de titulaciones, aunque reconocen que solo es a modo informativo.
Y por último, , desde la administración se recuerda que si el perceptor/a está en el sistema antes del 18 de julio de 2015, es decir, antes de la entrada en vigor del Real Decreto 665/2015, de 17 de julio, tal y como recoge un acta de la Mesa de la Enseñanza Concertada, no tienen que solicitar esa atribucion si no ha dejado de impartir la misma materia.
Por parte de USO, hemos recordado a la administración su compromiso adquirido en Mesa, cuando se empezó a implantar el sistema de atribuciones docentes, de que una vez estuviera el sistema menos colapsado, cualquier titulado pudiese coger cita en las delegaciones territoriales para hacer su atribución docente. Lamentamos que no se permita aún porque, ciertamente, hubiese sido un gran avance para el Sistema Educativo Público Andaluz.
(NOTA: Respecto al la obligatoriedad del MAES, hay disparidad de criterios sobre si el Real Decreto que permitió durante la pandemia dar clase sin disponer del mismo, se puede considerar derogado o no. Según algunas organizaciones presentes en la Mesa, se puede seguir defendiendo su vigencia debido a la persistencia de la covid-19. Esperamos que nos lo aclaren en la mesa siguiente).
3.2.Reconocimiento de trienios
La Coordinadora comienza aclarando que ellos no pueden hacer un reconocimiento automático de antigüedad porque no son los empleadores. Es la empresa la que tiene que emitir un certificado reconociendo tal situación, junto con una vida laboral y, en los últimos años, también se ha pedido que viniese acompañando de un documento Excel que aclarase los períodos computables.
Continúan explicando que, con toda esa documentación, se ha realizado un buen trabajo de grabado que han concluido en mayo de 2022. De esta manera, al disponer ya de toda la información digitalizada, cuando pasen de nuevo tres años, el sistema recogerá la vida laboral y, si constata la prestación en pago delegado de todo este período, lo reconocerán automáticamente. Solo se requerirá la acreditación expresamente en caso de dudas.
Por último, en el asunto de reconocimiento de antigüedad, ha vuelto a salir en Mesa hoy el concepto que introduce la Reforma Laboral, en su artículo 16, sobre la antigüedad de los fijos-discontinuos, a los cuales hay que computarles todos los períodos completos, independientemente de que lo hayan trabajado o no. USO ha pedido que se pronuncie la administración, en la próxima Mesa, sobre esta cuestión.
3.3.Documentación que obra en poder de la Administración
Por parte de la administración, han hecho entrega del documento que os pasamos a continuación para nuestro análisis y valoración, disponible en este enlace.
El compromiso es de discutirlo en la siguiente mesa y, una vez constatado su consenso, enviarlo a las respectivas delegaciones territoriales como criterios a seguir.
4. Otros asuntos
4.1. Abono del 1,5% adicional de 2022 con carácter retroactivo desde enero
Nos aseguran por un lado que se cobrará en la nómina de noviembre; por otro, que se aplicará en todos los conceptos porque ha habido modificación de los módulos económicos estatales y; por último, que ya están trabajando en nuevas tablas salariales, las cuales nos facilitarán lo antes posible a los integrantes de la Mesa de la E.Concertada, antes de ser publicadas en el BOJA.
Desde la parte patronal se pide a la administración que, lo antes posible, se haga llegar a los centros el Modelo 111, para poder hace las modificaciones del IRPF que conlleva este abono adicional.
Para USO es motivo de satisfacción que, desde la administración, hoy nos hayan corroborado que la subida del 1,5% adicional sea a través de los módulos de concierto porque aseguramos así una subida homogénea para todo el sector, a nivel nacional.
4.2. Cobertura de sustituciones durante el mes de diciembre
Nuevamente se vuelven a reiterar en su postura de siempre cuando se aproxima alguna fecha vacacional: las sustituciones se interrumpen en el mismo momento que en la enseñanza pública y, en esta ocasión, lo achacan a la necesidad del cierre del ejercicio presupuestario 2022 en los primeros días de diciembre.
La próxima Mesa Técnica se celebrará el próximo 29 de noviembre.