La Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha estimado el recurso interpuesto por el Gabinete Jurídico de la Unión Sindical Obrera de Andalucía, contra la Orden de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de 24 de julio de 2007, por la que se hacen públicas las listas de personal seleccionado en el procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros y se le nombra, con carácter provisional, funcionario en prácticas.

La sentencia del TSJA reconoce a las recurrentes, como mérito en el concurso-oposición, la experiencia docente previa en la enseñanza de religión y moral católicas en centros públicos de titularidad de la Junta de Andalucía y reconoce su experiencia docente, anulando la Orden recurrida y condenando a la Administración a adoptar las medidas necesarias para tener en cuenta dicha experiencia docente en el proceso selectivo, con todas las consecuencias inherentes que les corresponda.