El BOE de hoy, 17 de septiembre publica la corrección de errores en la Orden ISM/812/2024, de 26 de julio, por la que se modifica la Orden ISM/386/2024, de 29 de abril, por la que se regula la suscripción de convenio especial con la Seguridad Social a efectos del cómputo de la cotización por los períodos de prácticas formativas y de prácticas académicas externas reguladas en la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, realizadas con anterioridad a su fecha de entrada en vigor.
En el BOE del pasado 1 de agosto, se publicó dicha Orden ISM/812/2024, del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que ahora se modifica y por la que se regula la suscripción de convenio especial con la Seguridad Social a efectos del cómputo de la cotización por los períodos de prácticas formativas y de prácticas académicas externas reguladas en la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Así se hizo eco en su momento de esta publicación.
USO resuelve tus dudas sobre la recuperación de cotización de antiguos becarios:
La recuperación de los períodos de cotización de antiguos becarios sigue generando muchas dudas sobre el proceso: #USOTeInforma sobre todos los pasos.
Desde la entrada en vigor de la obligatoriedad de la cotización por los becarios, han sido muchas las dudas que la ley y las posteriores órdenes, la original y la enmendada, han generado. No tanto en cuanto a la cotización de períodos actuales, como en la recuperación de períodos de los antiguos becarios.
Por ello, desde USO respondemos a las dudas más habituales que hemos recibido en el sindicato, muchas de ellas referentes a la tramitación de la suscripción de convenios especiales para poder recuperar esos períodos de cotización de los becarios.
¿Qué prácticas formativas te permiten recuperar cotizaciones?
- Universitarias: para obtener una titulación oficial de grado, máster o doctorado, o también un título propio.
- Formación profesional: si no tienen un carácter laboral.
- Artísticas superiores: también incluye enseñanzas deportivas del sistema educativo.
- Programas de formación investigadora: tanto en España como en el extranjero.
¿Hasta cuándo puedo suscribir el convenio especial y cuánto podré recuperar?
El convenio especial te permite recuperar hasta 1.825 días de cotización; es decir, 5 años. En cuanto al plazo, podrás solicitar la suscripción del convenio hasta el 31 de diciembre de 2028.
¿Qué debo adjuntar a la solicitud?
Para recuperar los periodos de cotización, debes solicitar a la Seguridad Social la suscripción del convenio especial. También hay que adjuntar la certificación expedida por la universidad o centro educativo en donde realizaste los estudios.
Además, en él tienen que aparecer la duración de las prácticas: se debe indicar el número de días y si fueron remuneradas o no.
Si lo fueron, la certificación pudo ser emitida por la empresa o la entidad financiadora, ya que hay casos en los que donde se desarrollaron las prácticas no fueron quienes las pagaron.
¿Qué base de cotización se utilizará para calcular las cuotas como becarios?
Las bases de cotización que se tomarán en cuenta son las correspondientes al periodo que se pretende recuperar. El pago podrás hacerlo en una sola vez o de forma diferida.
Estas modificaciones se llevaron a cabo por las críticas que hubo a la forma en la que se planteó la recuperación de cotizaciones.
Las cantidades que se tenían que abonar para rescatar hasta 5 años de cotización eran muy elevadas. Por tanto, muchas becarios no las repescaban y perdían sus derechos. Desde USO, señalamos estos abusos, que han sido finalmente corregidos.
A partir del 2 de agosto de este año, con la vigencia de las nuevas fórmulas de cálculo, es más factible no perder estas cotizaciones.
¿Los pensionistas pueden suscribir este convenio especial?
Este convenio no puede ser suscrito por pensionistas o por personas con incapacidad permanente. Salvo si se acogen al artículo 2.2 de la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre. Por ella, se regula el convenio especial en el sistema de la Seguridad Social. Así que sí, se puede solicitar la recuperación de tus años de cotización por antiguas prácticas formativas.
¿Qué documentación necesitaré para recuperar mi cotización?
Desde USO, sabemos que hay muchas dudas respecto a la suscripción de los convenios especiales. Una de las más recurrentes es si los certificados emitidos cuando se realizaron las prácticas son suficiente. En nuestra opinión, debería serlo siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la Orden ISM/386/2024, de 29 de abril. En esta orden, se regula la suscripción de convenio especial con la Seguridad Social, además de los efectos del cómputo de la cotización por las prácticas formativas y académicas externas.
Así aparece regulado en la disposición adicional 52º de la Ley General de la Seguridad Social. Esta fue aprobada por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre y se realizó con anterioridad a su fecha de entrada en vigor. Sin embargo, no hay información oficial clara sobre este asunto.
Nos han compartido que hay criterios dispares en la operación de los convenios especiales. Esto se traduce en dificultades de acceso. Por eso, solicitamos la emisión de reglas claras y homogéneas por parte de la Seguridad Social, ya que en las órdenes aún quedan muchas lagunas.