Acabamos de firmar el «Acta» de la reunión de la Mesa de Concertada del 30 de noviembre de 2018, que contiene el Proyecto de Orden que posibilitará, durante los años 2019 y 2020, la jubilación parcial de los docentes en pago delegado, siempre que se cumplan las condiciones que establece la legislación vigente.

Recordamos que, dicha jubilación se mantendrá durante los años que sea necesario hasta que los jubilados parciales alcancen la edad legal de jubilación, previo acuerdo entre trabajador y empresa, y con una reducción de la jornada laboral en pago delegado del trabajador jubilado que esté comprendida entre el 25% y el 50% de la misma. El trabajador deberá acreditar haber estado en pago delegado durante seis años a lo largo de su vida laboral. La Administración educativa establecerá las condiciones para que los jubilados parciales puedan acumular la jornada, según la normativa de la Seguridad Social y teniendo en cuenta el calendario y la jornada escolar.

La Orden prevé que antes de la finalización del año 2020, se negociará la posible ampliación de lo anteriormente expuesto al año 2021.

Proyecto de Orden por el que se da publicidad a las medidas acordadas en el seno de la Mesa de la Enseñanza Concertada para facilitar el acceso del profesorado de dicho sector a la Jubilación Parcial

En el turno de intervenciones, USO ha expuesto que no cumple nuestras expectativas y por tanto no renunciamos a que se pueda aumentar el porcentaje de jubilación al 75% con propuestas como la de vincularlo a un futuro Acuerdo de Mantenimiento del Empleo o a futuras dotaciones de plantillas. Todo ello redundaría, sin duda, en la calidad de servicio educativo. Pero sí que valoramos el que se garantiza a los docentes poder seguir accediendo a esta modalidad de jubilación parcial, en los términos legalmente establecidos por la normativa estatal vigente, tras la finalización de lo acuerdos de empresa el pasado 31 de diciembre de 2018.

Por último, adjuntamos el nuevo Decreto 579/2019, de 15 de octubre, por el que se modifica el Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte.

Modificación del Decreto de estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte

El Director General de Planificación y Centros – José M. Ayerbe- destaca como modificación importante la competencia que tiene atribuida la Secretaría General Técnica en relación con el pago delegado de la nómina del personal docente de los centros concertados y la elaboración de las instrucciones para su confección que se atribuye ahora, a la Dirección General de Planificación y Centros para lograr una mayor coordinación y eficacia administrativa. Será este centro directivo el que asuma íntegramente todas las funciones que la normativa vigente atribuye a la consejería en materia de conciertos educativos.

En este sentido, vendrá una adicional en la Orden sobre Jubilación Parcial que se publicará en breve en BOJA, en la que se redirigirán todos los trámites en los que aparezca la referencia a la Secretaría General Técnica y que pasarán a la Dirección General de Planificación y Centros.

Como siempre, desde USO seguiremos informando de todas las novedades que surjan en el Sector.