LA FEDERACIÓN DE ENSEÑANZA DE USO considera que la Administración andaluza debería proceder a negociar un calendario de abono de la PEA, puesto que la Sentencia del Tribunal Supremo núm. 491/2018 de fecha 9 de mayo de 2018, reconoce el derecho al abono de ésta y confirma su carácter salarial; aunque haya eximido a la Consejería de Educación de la obligación del pago por falta de Presupuesto.

USO sigue trabajando para conseguir un justo Acuerdo.

Mientras tanto, nuestra Asesoría Jurídica -haciendo interpretación prudente y garantista para salvaguardar el derecho de todos los docentes en pago delegado a su abono por parte de la Consejería de Educación- considera que se deben accionar nuevos procedimientos, ya que cada año se aprueban nuevos presupuestos y la Consejería deberá acreditar, anualmente, su falta de disponibilidad presupuestaria para justificar no abonar la PEA. Se trata, por tanto, de medir bien los tiempos de cada procedimiento.

Por todo ello, USO hace a los afectados LAS SIGUIENTES RECOMENDACIONES:

A.- Los/las que generaron el derecho a partir del 17 de agosto de 2013 (fecha de publicación en BOE del VI Convenio de E. Concertada) y NO han registrado aún escrito de solicitud de abono ni al Centro ni a la Consejería.

Lo deben solicitar antes del 9 de mayo de 2019, para evitar que transcurra 1 año desde que se dictó la sentencia del TS.

B.- Los/las que generaron el derecho a partir del 17 de agosto de 2013 y SÍ han solicitado su abono al Centro y a la Consejería.

      Lo deben volver a solicitar -con un nuevo modelo de escrito- antes del 9 de mayo de 2019, para evitar que transcurra 1 año desde que se dictó la sentencia del TS.

C.-Los/las que hayan cumplido los 25 años en la Empresa, a partir del 9 de mayo de 2018 y en adelante.

      Lo deben solicitar al Centro y a la Consejería antes de que se cumpla el año natural desde su cumplimiento.

Para los casos A, B y C, recomendamos que se pongan en contacto ¡ya! con compañeros de nuestra Federación de Enseñanza de USO en cada provincia; ellos se encargarán de facilitar los modelos, gestionarlos y registrarlos en la fecha más idónea y de explicar personalmente el proceso a seguir posteriormente.

D.-Los/las que además de registrar escrito al Centro y a la Consejería tienen actualmente interpuestas demandas individuales reclamando el derecho.

Por el momento, seguimos adelante con las demandas y, cuando se vayan acercando las fechas de juicio, si aún no hay Acuerdo con la Consejería, nuestra Asesoría Jurídica informará sobre las posibilidades (suspensión, celebración, desistimiento…), según esté la situación.

E.- Los/las que, a raíz de la sentencia del TS de 9 de mayo de 2018,  se hayan desistido de los procedimientos.

Lo deben iniciar de nuevo, en el plazo de un año a contar desde la fecha de desistimiento, y en la fecha en la que los asesores jurídicos consideren más oportuna. 

Para los casos D y E, recomendamos que mantengan el contacto con los compañeros y asesores jurídicos de la Federación de Enseñanza de USO en cada provincia; ellos se encargarán de explicar personalmente el proceso a seguir.

 

Confía en la USO,

disponemos de asesores jurídicos en todas

las sedes provinciales

de Andalucía

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