La ministra de Educación y Formación Profesional, Isabel Celaá, ha presentado este martes al Consejo de Ministros el borrador del anteproyecto de la futura Ley Orgánica de Ordenación e Integración de la Formación Profesional. El texto consolida un sistema único de Formación Profesional, que integra la FP del sistema educativo y la FP para el empleo en un único modelo.

Estas son las principales novedades que plantea el proyecto de nueva ley:

De las microformaciones a los cursos de especialización

La futura norma establece una oferta única y modular de Formación Profesional dirigida por primera vez a estudiantes y trabajadores, (tanto empleados como desempleados) y ordenada en itinerarios formativos que permiten la progresión a través de cinco grados ascendentes:

  • Grado A: Acreditación parcial de competencias
  • Grado B: Certificado de Competencia Profesional
  • Grado C: Certificado Profesional
  • Grado D: Ciclos Formativos (Grado Básico, Grado Medio y Grado Superior)
  • Grado E: Cursos de especialización (título de especialista y Máster Profesional)

Esta nueva estructura permitirá el acceso a formaciones de distinta duración y volumen de aprendizajes que incluye, por primera vez, unidades formativas o microformaciones (Grado A), hasta alcanzar los títulos y cursos de especialización (Grados D y E). De esta forma, cada persona podrá diseñar y configurar itinerarios propios adaptados a sus expectativas profesionales, sus circunstancias personales o sus necesidades laborales. Con este esquema toda la formación tiene validez académica y profesional.

Toda la Formación Profesional será Dual

Toda la oferta en ciclos de los Grados C, D y E tendrá carácter dual y se dividirá en dos tipos:

  • Formación Profesional Dual general: con un periodo de estancia en empresa de entre el 25% y el 35% de la duración total de la formación, y el compromiso de la empresa de asumir hasta un 20% de los contenidos y resultados de aprendizaje del currículo. En esta tipología, la fase dual se distribuirá a lo largo de todos los cursos y no tendrá carácter laboral.
  • Formación Profesional Dual avanzada: con una formación en empresa entre el 35% y el 50% de la duración total de la formación, así como la impartición por parte del centro de trabajo de hasta un 40% de los módulos profesionales del currículo. En esta modalidad se establece una relación contractual del estudiante con la entidad.

Se refuerza así la relación entre los centros de Formación Profesional y los centros de trabajo de su entorno. La formación se impartirá tras una distribución previa entre ambas partes de las tareas formativas y de los contenidos curriculares, siempre bajo la responsabilidad de las CCAA y los centros.

El contacto con la empresa se promoverá a partir del primer trimestre de formación y cada estudiante deberá disponer de un plan personalizado. El texto incorpora la figura del tutor dual del centro y del tutor dual de empresa que llevarán a cabo, entre otras tareas, la evaluación de los aprendizajes del alumnado en cada uno de sus respectivos espacios, aunque la evaluación final será responsabilidad del centro educativo.

Acreditación de competencias

La norma también agiliza el sistema de acreditación de competencias profesionales adquiridas mediante la experiencia laboral y vías no formales de formación. El texto consolida el procedimiento abierto de manera permanente para cualquier competencia iniciado el pasado mes de marzo con la aprobación del Real Decreto 143/2021.

Pasarelas con la Universidad

El anteproyecto de Ley de Formación Profesional regula la relación entre las enseñanzas de Formación Profesional y las universitarias. Se recoge el reconocimiento mutuo para facilitar el establecimiento de itinerarios formativos que reconozcan la formación previamente adquirida en ambas enseñanzas. Además, impulsa nuevos modelos de colaboración, desarrollo de proyectos compartidos y préstamo de espacios para generar transferencia de conocimiento y experiencia, crear innovación y optimizar recursos.

El texto establece así que «las Administraciones educativas y las universidades promoverán el reconocimiento mutuo, en calidad de créditos de educación superior, de las enseñanzas de formación profesional de grado y las enseñanzas universitarias para facilitar el establecimiento de itinerarios formativos que reconozcan la formación previamente adquirida en ambos sentidos».

También promoverán «la colaboración entre los centros que impartan enseñanzas de formación profesional de grado superior del sistema educativo no universitario y las universidades (…) con el fin de generar trasferencia de conocimiento y experiencia, crear innovación y optimizar recursos, y, a tal efecto, el desarrollo de proyectos de actuación conjuntos».

Instrumentos de gestión

El anteproyecto de ley crea nuevos instrumentos de gestión para ordenar el nuevo sistema de Formación Profesional.
Se crea un Registro Estatal de Formación Profesional, que permitirá a cualquier ciudadano acceder al mismo y obtener un informe de vida formativa-profesional actualizado con su experiencia formativa.

Se crea también un Catálogo Modular de Formación Profesional, en el que se determinarán los módulos profesionales vinculados a cada uno de los estándares de competencia, y un Catálogo de Ofertas de Formación Profesional, que determinará el conjunto de las acciones formativas disponibles.

Además, se sustituye el actual Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales por el Catálogo de Estándares de Competencia Profesional, en línea con la terminología europea.

Un sistema de orientación al servicio de la ciudadanía

Asimismo, el proyecto de la nueva Ley establece una Estrategia general de orientación profesional en el marco de la Formación Profesional. El texto sienta las bases de lo que será el nuevo Sistema de Orientación al servicio de la ciudadanía integrado por la formación y la acreditación de competencias.

En lo referido a los centros, las dos redes hasta ahora independientes, la del sistema educativo y los centros y entidades autorizadas para la FP para el empleo, serán complementarias. Todos los centros deberán estar inscritos en el Registro Estatal de Centros Docentes no Universitarios o en el Registro de Entidades de Formación Profesional, según su pertenencia o no al sistema educativo no universitario.

Nuevo cuerpo docente de profesores especialistas

En cuanto al profesorado de Formación Profesional, la futura Ley prevé la creación un nuevo cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, al que podrán acceder técnicos superiores de FP en determinadas especialidades. Además, incluye como docentes de Formación Profesional del Sistema Educativo a los profesores y formadores que prestan servicios en centros o entidades no pertenecientes al Sistema Educativo.

El borrador de anteproyecto también facilita que los docentes actualicen su formación con estancia en empresas.

Internacionalización de la formación

La futura Ley también atiende las recomendaciones de la Unión Europea en materia de internacionalización. El documento regula la participación en proyectos y organismos internacionales, la convocatoria de proyectos de formación entre centros españoles y extranjeros, así como la movilidad de alumnado y profesorado entre centros de distintos países.

El texto presentado hoy en primera lectura por la ministra de Educación inicia ahora su tramitación formal con las aportaciones de interlocutores sociales e informes de diferentes órganos consultivos para volver de nuevo al Consejo de Ministros. Tras su aprobación por el Gobierno, comenzará la tramitación parlamentaria en ambas cámaras en el último trimestre del año.

A continuación ofrecemos un resumen de las principales novedades de este anteproyecto de ley:

Resumen Anteproyecto de Ley Orgánica de Ordenación e Integración de la Formación Profesional